Órgano deliberativo de la municipalidad, elegida por el pueblo y máxima autoridad dentro del término municipal.
Le corresponde ejercer las facultades siguientes: crear, reformar y derogar los instrumentos normativos locales de conformidad con esta Ley; crear, suprimir, modificar y trasladar unidades administrativas.
Fuente:
Diccionario panhispánico del español jurídico, 2023.